El proceso de declaración de impuestos ya sea mensuales o semestrales, suele ser un dolor de cabeza a la hora de levantar la información. El Servicio de Rentas Internas, obliga a todos los contribuyentes a llevar registros de ingresos y gastos, así como libros de contabilidad ya sea en programas o archivos informáticos que sirvan de soporte.
La obtención de esta información en contribuyentes (principalmente personas naturales y microempresas) que no cuentan con un software de contabilidad, puede ser muy complicado. En profesionales independientes, esta actividad puede ser un problema al momento de organizar la información.
EL sistema de facturación electrónica en el país va en aumento, el volumen en la utilización de estos comprobantes de ventas se incrementa debido a sus ventajas una mayor seguridad en el resguardo de los documentos, reducción de tiempo en el envío de comprobantes y menor probabilidad de falsificación.
En pocos años el 90% de las transacciones comerciales serán respaldadas electrónicamente. Ante esta situación, es necesario empezar a utilizar la información electrónica que ofrecen plataformas como el Servicio de Rentas Internas. Este video tiene la finalidad de mostrar como desde un archivo de texto descargable se puede organizar para obtener una base de datos de documentos electrónicos, con la información relevante que ayudará a facilitar el proceso de elaboración de declaraciones tanto a Contribuyentes como profesionales asesores que realizan dicha actividad periódicamente.
Formulario 104 IVA y 103 Retenciones – Sociedades
Elabora los Formularios 104 – IVA y 103 Retenciones, para Sociedades Mensual y Semestral (micro empresas). Incluye herramienta para elaborar el Anexo Transaccional Simplificado ATS.
Formulario 104 IVA – Personas Naturales Mensual-Semestral
Plantilla para elaborar el Formulario 104 – IVA, para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad Mensual y Semestral. Incluye herramienta para proyectar el Impuesto a la Renta y reporte base para el Anexo de Gastos Personales 2020.